Nos encontramos ante un tema de gran complejidad, que merece una visión amplia y a la vez detallada de sus múltiples aspectos.
El poder de las corporaciones va en aumento y para entenderlo es necesario observar a la eficiencia como uno de los pilares básicos en el accionar ininterrumpido de su intención por el control sobre la vida como materia comercializable
Un grupo cada vez mas reducido de corporaciones (ETN) ejerce un control sin precedentes sobre todos los aspectos de la comercialización de los alimentos, la agricultura y la salud.
Las compañÃas dominantes en todos estos sectores en mejoramiento vegetal, en plaguicidas, en medicina farmacéutica y veterinaria son las mismas que dominan en todos los sectores.
DPI-Derechos de Propiedad Intelectual.
La propiedad intelectual va por más.Los años 80-90 significan una fecha clave. A principios de los años noventa, nos encontramos con que abogados pagados por las mismas ETN, desde la propia representación diplomática norteamericana durante las negociaciones de la RONDA URUGUAY DEL GATT, redactaban lo que luego serian las lÃneas maestras del ACUERDO SOBRE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL (ADPIC, o TRIPs según la sigla en ingles), tratado obligatorio para todos los paÃses miembros de la OMC (ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE COMERCIO).
El TRIPs pretende terminar con la soberanÃa de muchos estados del sur y algunos europeos, que habÃan decidido no permitir patentes sobre alimentos, productos esenciales como los farmacéuticos, y sobre los organismos vivos.La realidad es que la enorme mayorÃa de las patentes están en manos de los paÃses y ETN del norte. (RAFI, 1997, RODRIGUEZ/GRAIN, 2000).
Esto es mÃo (DPI)
¿Quién dijo acaso que la biodiversidad le pertenece a alguien? Al dar por sentada la noción de propiedad, cualquier discusión sobre el problema de la biopirateria esta condenada a proponer soluciones erradas. La industria biotecnológica emerge en el norte, promovida con mucho afán por sus gobiernos, querÃa asegurarse el acceso a los genes, los Gobiernos de los paÃses del Sur ricos en biodiversidad se dieron cuenta que esto les agregaba peso polÃtico y capacidad de negociación, a la vez que les brindaba una oportunidad única de negocios.
De modo que el texto fue redactado para permitir que los gobiernos (del sur) controlen el flujo de materiales genéticos a través de sus fronteras, y reclamen para sà una parte de las ganancias toda vez que algo sea comercializado por las empresas privadas del norte.
A cambio a las empresas se les permite usar libremente las patentes y otros derechos de propiedad intelectual (DPI) para impedir que otros utilicen los genes por los que ellas pagan legalmente un precio.
Fueron estos intereses comerciales- y no los objetivos de conservación- los que dieron verdaderamente origen al consenso polÃtico que dio nacimiento al CDB (CONVENIO DE DIVERSIDAD BIOLOGICA).
El CDB puso fin a la pretensión de que todos los gobiernos gestionaban los recursos genéticos sin intereses particulares como "PATRIMONIO COMUN DE LA HUMANIDAD".
En realidad, los gobiernos colonialistas habÃan extraÃdo recursos genéticos del sur durante siglos, primero mediante empresas estatales y entidades supuestamente no comerciales como los jardines botánicos y los institutos de investigación medica, y más tarde a través de los Bancos genéticos de cultivo y las colecciones microbianas.
Después del periodo colonial el "PATRIMONIO COMUN" se convirtió en la cortina de humo que permitió que la extracción continuara, ahora bajo control de las empresas privadas protegidas por los DPI.
Cada versión subsiguiente de los tratados de la UPOV asume perfiles cada vez más cercanas a las patentes.
La versión UPOV 91, permite limitar los derechos de los agricultores a guardar semillas para resiembra, fortalece los derechos de los fitomejoradores sobre los productos derivados de las variedades protegidas y autoriza la doble protección de las variedades vegetales, permitiendo las patentes.
La UPOV (UNION PARA LA PROTECCION DE LASVARIEDADES VEGETALES). Es promovida prácticamente como la única forma de cumplir con los requisitos de los TRIPs bajo la OMC de ofrecer protección para las variedades vegetales, la famosa implementación de los derechos SUI GENERIS bajo el articulo 27.3(b)(grain set 99).
Mientras organizaciones internacionales como la OMPI (ORGANIZACIÓN MUNDIAL PARA LA PROPIEDAD INTELECTUAL) se convierten descaradamente en promotores de los DPI, y van por todo el mundo intentando captar nuevas clientelas (GRAIN, oct 2000).
Una consecuencia inmediata de todo este marco legal, es que favorece la apropiación de los recursos biológicos y los conocimientos asociados, por parte de las transnacionales y los institutos de investigación extranjeros y nacionales que a veces trabajan con ellas: la llamada biopirateria.
En años recientes, en un despliegue de avaricia comercial, en América Latina hemos sido testigos de patentes sobre los cultivos tradicionales como la QUINOA, FRIJOLESANDINOS Y MEXICANOS, PLANTAS SAGRADAS COMO LA AYAHUASCA, �RBOLES Y PLANTAS MEDICINALES COMO EL TEPEZCOHUITE, Y GENES DE PUEBLOS ORIGINARIOS (GRAIN, 2000, RAF, 2OO1).
Argentina
En Argentina, los DPI sobre semillas aun se ejercen mediante los derechos de obtentor que fueron reforzados en 1991con el decreto 2183/91 que reglamento modificaciones en la LEY DE SEMILLAS Y CREACIONES FITOGENETICAS.
El paÃs adhirió a la UPOV78, razón por la cual los productores a excepción de su venta comercial, conservan el derecho a producir libremente sus semillas, pudiendo utilizar el producto de la cosecha obtenido por el cultivo en su propia finca.
Toda esta cuestión se hace bajo un total desconocimiento de los verdaderas victimas directas de la BIOPIRATERIA, aumentando la exclusión y creando una "dependencia VITAL (MORTAL) de los que tienen menos por los menos que tienen más".
La propiedad.
"La propiedad como echo y como derecho, es esencialmente contradictoria, y por esta razon misma, puede decir que es algo. Y en efecto: La propiedad es el derecho de ocupación, y al mismo tiempo el derecho de exclusión.
La propiedad es el precio del trabajo, y la negación del trabajo.
La propiedad es el producto espontáneo de la sociedad, y la disolución de la sociedad.
La propiedad es una institución de justicia, y LA PROPIEDAD ES EL ROBO".
P.J PROUDHON (LA PROPIEDAD)(1809-1865)
Hambre e imperialismo económico.
En cuanto al tabú del hambre, habÃa razones aún más fuertes que los preconceptos de orden moral. Razones cuyas raÃces abandonaba el escaso mundo de los interese económicos, de los intereses de las minorÃas dominantes y privilegiadas, que siempre trabajaran para escamotear el examen del fenómeno de los hambreen el panorama espiritual moderno. Pues al imperialismo económico y al comercio internacional, fiscalizados por aquellas minorÃas obcecadas por la ambición del lucro, mucho interesaba que la produccion, la distribución y el consumo de los productos alimenticios continuasen el proceso indefinidamente como puros fenómenos económicos , dirigidos en el sentido de sus exclusivos intereses financieros y no como fenómenos del mas alto interés para el bienestar de las colectividades. JOSUE DE CASTRO (GEOPOLITA DEL HAMBRE) (1951)
La ley y la autoridad.
"Al mismo tiempo, a medida que el señor, por un lado, extendÃa su poder sobre los cultivadores de los campos y los artesanos de las villas, llegaba a ser juez y legislador. En el décimo siglo, si existÃan monumentos de derecho publico, esos no eran mas que pactos que regulaban las obligaciones, las jornadas de trabajo y los tributos de los siervos y de los vasallos del señor. Los legisladores en esa época eran un puñado de bandidos, que se multiplicaban y organizaban para el robo, que practicaban en contra de un pueblo que sé volvÃa cada vez mas pacifico a medida que se entregaba a la agricultura.
Explotaban en beneficio propio el sentimiento de la justicia inherente a los pueblos; constituidos en justicieros, hicieron de la aplicación misma de los principios de justicia, un manantial de rentas, y dictaron las leyes que sirvieron para mantener su dominación. PEDRO KROPOTKIN (LA LEY Y LA AUTORIDAD)
Santiago Muhape
Junio 2007-06-26
Chacabuco Bs As Argentina
"La Propiedad es un Robo". Patentes y Biopiratería
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Por Santiago Muhape
biodiversidadla.org, 18 de Octubre de 2007
Derecho al Fuente
